LA VENTAJA TEMPORAL DE LA MEDIACIÓN DESDE LA
PERSPECTIVA EMPRESARIAL.
Por Guillermo Santos Pavón. Mediador de la Escuela de
Loyola
Captar, reconocer y saber llevar los conflictos,
concretamente los que no se aprecian a simple vista, puede considerarse como
uno de los factores claves del éxito más valiosos que ostentan conseguir tanto
las grandes como la pequeñas y medianas empresas. Es así que nos hemos
percatado que son muchas las compañías que presentan cuadros conflictivos no
resueltos y esto desemboca en un aumento progresivo de costes en todas las
áreas funcionales de la organización, además de las relaciones con los
proveedores, clientes, competencia y entre los propios compañeros de trabajo…
Quienes suscriben el presente artículo son conscientes
de que la palabra conflicto, lleva intrínseco una serie de connotaciones
negativas, por lo que la búsqueda de su solución se convierte en una tarea muy
compleja. Tanto es así, que la gestión del conflicto por parte de las compañías
no se ve como un elemento de crecimiento organizacional, sobre el que construir
unos fuertes pilares para la administración de empresas, sino como algo
peyorativo, que va a suponer un elevado coste y que provocará, de no atajarlo a
tiempo, fuertes repercusiones sobre los clientes, las cuentas de la empresa,
trabajadores, marca, concesiones administrativas…
Como sabemos entre los diez mayores problemas de la
justicia española encontramos, y cómo no, el denominado “lentitud en la
tramitación”. En la actualidad, sigue habiendo causas que se abrieron en 2006 y
que se están juzgando aun a día de hoy. Estos son casos en los que claramente
la justicia llega tarde, y como podemos deducir, la lentitud en la tramitación
de un procedimiento puede tener consecuencias fatales como no cobrar una deuda
de especial importancia para la empresa. Si esta deuda además le supone un
sustento importante para el desempeño de su actividad principal podría llegar a
provocar incluso imposibilidad de continuar con la producción. Este es uno de
los principales motivos de por qué las empresas han de optar por elegir la
mediación como principal método de solventar conflictos
Un estudio
de las ADR llevado a cabo por el Parlamento Europeo, el Banco Mundial y el
Consejo General del Poder Judicial, expone que la duración media de un
procedimiento judicial en España es de unos 510 días, mientras que la mediación
tan solo 50. En definitiva, todo esto deriva en plantearnos si el sistema de
justicia que tenemos actualmente es un servicio de calidad. De primera mano
sabemos que los colapsos temporales de los juzgados se intentan suplir con sobrecargas
de trabajos de otros departamentos y con la fuerte descompensación en el
reparto de asuntos entre unos tribunales y otros, por lo que nuestra postura al
respecto es bastante clara.
La
mediación, al ser un procedimiento en el que el mediador ha de prefijar el
número de sesiones de los que constará la mediación, podemos hacernos una idea
de cuáles son los intervalos temporales con los que podemos jugar, ya que,
entre otras herramientas, el mediador no permitirá llevar a cabo prácticas que amplíen
indefinidamente el procedimiento. De esta forma se nos permite plantear una
estrategia ante el conflicto. Este mecanismo se presenta como una clara
alternativa para las empresas que deseen solucionar sus problemas de una forma
eficiente.